¿En qué consiste la regulación de criptomonedas en México?

¿Cómo es la regulación de criptomonedas en México?

Aunque México ocupa el puesto número 14 de países con mayor adopción de criptomonedas en el mundo, no existe un marco normativo integral que defina cómo se deben tratar este tipo de activos desde un punto de vista fiscal. Esto significa que muchos usuarios se ven obligados a formar sus propias interpretaciones del asunto.

Dada la popularidad de los criptoactivos en México, tal vez te interese profundizar en este mundo. Para ello, es buena idea que comprendas cómo funciona la regulación de criptomonedas en México y que estés al tanto de todas las normas o recomendaciones de sus instituciones oficiales.

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Hoy te contamos:

  • ¿Quién regula las criptomonedas en México?;
  • ¿Cómo se regulan las criptomonedas en México?;
  • ¿Cómo es el tratamiento fiscal de las criptomonedas en México?;
  • Más detalles sobre el tratamiento fiscal de las criptomonedas en México.

Además, descubre la solución perfecta para operar bajo la regulación de criptomonedas en México a la par que exploras el máximo potencial de tus activos digitales.

¿Quién regula las criptomonedas en México?

Con la promulgación de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera en 2021, se reconoció a las criptomonedas en el país y se le atribuyó al Banco de México diversas facultades al respecto.

Desde entonces, otras instituciones comenzaron a jugar su papel en la regulación de criptomonedas en México. Aquellas que hoy en día han establecido normas a tener en cuenta son:

¿Cómo se regulan las criptomonedas en México?

¿Qué dice el Banco de México?

El Banco de México, en la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera, establece cuáles son las criptomonedas con las que pueden operar las empresas fintech y diferentes instituciones de crédito. La promulgación de esta ley impulsó, junto a otros factores, diversas recomendaciones y normas a seguir con las criptomonedas en materia contable y fiscal. 

¿Qué dice el CINIF?

El Consejo Mexicano de Normas de la Institución financiera publicó la norma NIF C-22, Criptomonedas, con el fin de establecer las directrices necesarias para la valuación, presentación y revelación en los estados financieros de las operaciones con estos activos.

Otro detalle que presenta esta ley es el concepto de lo que es una criptomoneda. Las define como “activos digitales basados en códigos encriptados, que se utilizan como medio de pago o intercambio y cuya transferencia se lleva a cabo a través de medios electrónicos”. 

Esto es importante porque, de cara a las operaciones con criptos, la definición permite diferenciar las criptomonedas de otros activos digitales que no presentan las mismas características. Así, es posible identificar qué activos se deben tomar en cuenta dentro de la norma y cuáles no.

¿Qué dice la Prodecon?

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su estudio Ingresos obtenidos relacionados con CRIPTOMONEDAS, determinó que:

  • Las criptomonedas, si bien son un medio de pago alternativo, no son reconocidas como monedas de curso legal en México.
  • La venta de criptomonedas exige, en toda ocasión, la emisión de comprobante fiscal.
  • Las operaciones con criptomonedas se alinean a la figura de “enajenación de bienes”, establecida en el artículo 14.°, fracción I del Código Fiscal de la Federación. La define como “toda transmisión de propiedad, aún en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado”. Por lo tanto, Prodecon recomienda tributar los criptoactivos bajo lo estipulado para estos casos.

¿Cómo es el tratamiento fiscal de las criptomonedas en México?

Es importante recordar que, como no existe un marco normativo integral en el país, definir con exactitud lo que establece la regulación de criptomonedas en México es complicado.

Sin embargo, con base en las recomendaciones de Prodecon, el tratamiento fiscal de estos activos digitales es el mismo que para otros que se enmarcan en la figura de “enajenación de bienes”. Eso significa que se debe proceder con lo dictado en el artículo 126.°, párrafos 4° y 5°, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

En estos párrafos se establece que para las personas que obtienen una ganancia por las operaciones de compra-venta con criptomonedas, el pago provisional del Impuesto Sobre la Renta será del 20% del monto total de cada operación. 

Más detalles sobre el tratamiento fiscal de las criptomonedas en México

¿Qué ley regula las criptomonedas en materia de impuestos? 

Actualmente se discuten numerosas propuestas legislativas sobre la regulación de criptomonedas en México con el fin de establecer una gestión cada vez mejor y más clara sobre las criptomonedas y sus operaciones. Sin embargo, todavía no existen reglas firmes e integrales al respecto.

En ese sentido, la norma que se recomienda seguir en materia de impuestos para los criptoactivos y que funciona como la mejor referencia hoy en día es la que establece el artículo 126. °, párrafos 4° y 5°, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

¿Cuánto se paga de impuestos por criptomonedas en México?

Aunque la regulación de criptomonedas en México aún se presta a diferentes interpretaciones, la mejor recomendación que puedes seguir es la de Prodecon. Al tratar a las criptomonedas y sus operaciones bajo la figura de enajenación de bienes –considerada dentro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta–, tienes que hacer un pago del 20% del monto total de la operación.

¿Cómo declarar ingresos por criptomonedas en México?

Bajo lo establecido en el artículo 126. ° de la Ley del Impuesto sobre la Renta, existen dos escenarios posibles a la hora de declarar los ingresos por criptomonedas:

  • Si el adquiriente es residente en el país o en el extranjero con establecimiento permanente en México, será su responsabilidad retener la tasa del 20% del monto de la operación, salvo que el enajenante manifieste por escrito al adquirente que efectuará un pago provisional menor y siempre que se cumpla con los requisitos que señale la ley.
  • Si el adquiriente no reside en el país ni posee una residencia permanente en México, el enajenante informará el impuesto correspondiente mediante declaración que presentará ante las oficinas autorizadas dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso.

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